La convención de la UNESCO : sobre la protección del patrimonio cultural subacuático / Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. UNESCO - 30 páginas : ilustraciones, fotografías a color ; 21 cm.

Incluye lista de fotos usadas en el texto.

Incluye referencias bibliográficas al final del texto.

Artículo 1 - Definiciones -- Artículo 2 - Objetivos y principios generales -- Artículo 3 - Relación entre esta Convención y la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar -- Artículo 4 - Relación con el derecho de salvamento y el derecho de hallazgos -- Artículo 5 - Actividades que afectan incidentalmente al patrimonio cultural subacuático -- Artículo 6 - Acuerdos bilaterales, regionales u otros acuerdos multilaterales -- Artículo 7 - Patrimonio cultural subacuático en aguas interiores, aguas archipelágicas y mar territorial -- Artículo 8 - Patrimonio cultural subacuático en la zona contigua -- Artículo 9 - Informes y notificaciones en la zona económica exclusiva y en la plataforma continental -- Artículo 10 - Protección del patrimonio cultural subacuático en la zona económica exclusiva y en la plataforma continental -- Artículo 11 - Informes y notificaciones en el Área -- Artículo 12 - Protección del patrimonio cultural subacuático en la Zona -- Artículo 13 - Inmunidad soberana -- Artículo 14 - Control de entrada al territorio, comercio y posesión -- Artículo 15 - No utilización de áreas bajo la jurisdicción de los Estados Partes -- Artículo 16 - Medidas relativas a nacionales y buques -- Artículo 17 - Sanciones -- Artículo 18 - Incautación y disposición del patrimonio cultural subacuático -- Artículo 19 - Cooperación e intercambio de información -- Artículo 20 - Sensibilización pública -- Artículo 21 - Formación en arqueología subacuática -- Artículo 22 - Autoridades competentes -- Artículo 23 - Reuniones de los Estados Partes -- Artículo 24 - Secretaría de esta Convención -- Artículo 25 - Solución pacífica de controversias -- Artículo 26 - Ratificación, aceptación, aprobación o adhesión -- Artículo 27 - Entrada en vigor -- Artículo 28 - Declaración sobre aguas interiores -- Artículo 29 - Limitaciones del ámbito geográfico -- Artículo 30 - Reservas -- Artículo 31 - Enmiendas -- Artículo 32 - Denuncia -- Artículo 32 - Denuncia -- Artículo 34 - Registro ante las Naciones Unidas -- Artículo 35 - Textos autorizados -- Anexo: Normas relativas a las actividades dirigidas al patrimonio cultural subacuático --

"La riqueza del patrimonio cultural subacuático se sigue subestimando. En los últimos cien años los sitios arqueológicos situados en tierra firme han proporcionado un gran cúmulo de información sobre la evolución de nuestras civilizaciones. En cambio, los océanos, que cubren la mayor parte de la superficie de nuestro planeta, siguen ocultando muchos de sus secretos. El mar encierra un testimonio excepcional del afán explorador de nuestros antepasados y, en sus fondos, yacen muchos pecios de navíos y vestigios de ciudades tragados por las olas, que, a menudo, se encuentran en mejor estado de conservación que el de muchos sitios arqueológicos de tierra firme. Sin embargo, el pillaje del patrimonio cultural subacuático y la destrucción de su entorno se están intensificando rápidamente, con lo cual la humanidad corre el riesgo de verse desposeída de ese legado del pasado. Las aguas del mar han protegido los pecios de los barcos naufragados y las ruinas de edificios durante siglos, pero el perfeccionamiento de las técnicas de submarinismo ha hecho que esos vestigios sean más accesibles y, por lo tanto, más vulnerables. El saqueo y la dispersión del patrimonio arqueológico ya no se limitan a los sitios que se hallan en tierra firme, ya que los cazadores de tesoros han extendido ahora sus actividades a los fondos marinos. Aunque muchos Estados han reforzado la preservación de su patrimonio cultural terrestre, una gran parte de su patrimonio cultural subacuático sigue sin estar protegido. La Convención de la UNESCO sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, adoptada por la Conferencia General de la UNESCO en 2001, tiene por objeto permitir que los Estados protejan mejor su patrimonio subacuático. El propósito principal de la elaboración de esta carpeta de información es promover esta convención y alentar a los países a que pasen a engrosar las filas de los Estados Partes en la misma. La UNESCO pretende, además, que esta documentación sirva para que el público en general cobre conciencia de la existencia de un patrimonio subacuático en situación precaria y de la apremiante necesidad de garantizar su protección." Tomado de la introducción del texto.

Recomendado para un público general.


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