Con el reconocimiento de la nación colombiana como étnica y culturalmente diversa, en la Constitución de 1991, emergieron en el plano del derecho realidades étnicas antes negadas y se otorgó a los grupos reconocidos como tales un conjunto de derechos orientados a garantizar la preservación de esa condición, función que fue asignada al Estado. El propósito de este trabajo es examinar, en la perspectiva de la antropología, algunas implicaciones teóricas y políticas de la jurisdicción especial otorgada a los pueblos indígenas en el artículo 246. El análisis se efectúa en el marco del enunciado constitucional de la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana como principio fundamental de la organización jurídico-política.
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